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Es mi derecho a elegir o rechazar tratamientos o procedimientos médicos, en caso de tener diagnóstico de una enfermedad en etapa avanzada y/o terminal. De acuerdo con la Ley de Salud de la Ciudad de México, en su Capítulo XXX (actualizado por la Ley de Salud de la CDMX).

Este derecho está disponible desde el 2008 en la Ciudad de México, que fue la primera entidad en el país en aprobar la Ley de Voluntad Anticipada.

Es un enfoque en la práctica médica que mejora la calidad de vida de pacientes y familias que se enfrentan a los problemas asociados con enfermedades amenazantes para la vida, a través de la prevención y alivio del sufrimiento por medio de la identificación temprana e impecable evaluación y tratamiento del dolor y de otros problemas, físicos, psicológicos y espirituales (OMS).

Toda persona que padezca una enfermedad amenazante o limitante para la vida; en la que el tratamiento curativo ya no ofrezca resultados positivos tanto para su pronóstico como para su calidad de vida, tiene derecho a solicitarla ante el personal de salud en cualquier Institución de Salud pública o privada de la Ciudad de México.

Para el resto de la población, puede solicitarse ante Notario Público, a partir de los 18 años.

Existen dos opciones para poder ejercer tu derecho a Voluntad Anticipada:

  • Mediante el formato que se firma en las Instituciones de Salud, sin importar si son públicas o privadas, contando con un diagnóstico de enfermedad terminal.
  • Por medio del documento que se firma en notarias de la Ciudad de México, sin la necesidad de contar con un diagnóstico de enfermedad terminal.

En ambos casos, se debe estar en el pleno y cabal uso de sus facultades mentales, libre de cualquier presión y poder manifestar su deseo sin ninguna duda.

 La intención de someterse a la LVA es libre y personal. Se nombrará también a un representante (ejecutor) que vigilará su cumplimiento y se señala la intención respecto a la donación o no de órganos.

Documento Notarial requisitos: 

  • Ser mayor de edad
  • Contar con identificación Oficial de la CDMX
  • Contar con uno o dos representantes que validen su Voluntad
  • Gestionar el pago a la Notaria

Enviar el Documento al correo electrónico (leydevoluntadanticipada@gmail.com) del Programa de Voluntad Anticipada y Cuidados Paliativos de la Secretaría de Salud de la Ciudad de México, para entregar el número de folio correspondiente.

Formato de Voluntad Anticipada en Hospitales requisitos:

  • Adultos o menores de edad con alguna enfermedad amenazante o limitante para la vida, diagnosticada por su médico tratante.
  • Contar con Identificación Oficial vigente (INE, Cedula Profesional con fotografía, Cartilla de Servicio militar, Pasaporte), en caso de ser menor de edad deberán presentar (Acta de Nacimiento, CURP o credencial escolar con RVOE)
  • Resumen Clínico de la Institución Médica donde el paciente este recibiendo la atención.
  • Contar con un Representante y dos testigos con Identificaciones Oficiales Vigentes.

 Solicitar un folio de registro, posteriormente, el envío de la documentación para su validación al correo electrónico (leydevoluntadanticipada@gmail.com) del Programa de Voluntad Anticipada y Cuidados Paliativos de la Secretaria de Salud de la Ciudad de México.

Actualmente con la firma de convenio por la Secretaría de Salud de la CDMX y el Colegio de Notarios de la CDMX el costo del Documento de Voluntad Anticipada en adultos es de $ 1,550 más IVA y para adultos mayores es de $ 700 más IVA, estos costos son fijos hasta Diciembre de 2023.

El Formato de Voluntad Anticipada no tiene ningún costo, debe ser gratuito, la gestión y trámite puede variar únicamente en las Instituciones de Salud Privadas.

Dirigiendo al posible beneficiario del programa a los Hospitales de la Red SEDESA, Instituciones de Salud Privadas de la CDMX, o bien acudiendo, ante el personal de las Notarías de la CDMX.

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